¿Qué pasa con la formación, durante el estado de alarma?

Como todos sabéis y muchos estáis sufriendo, el pasado día 14 de marzo se publica el Real Decreto 463/2020, con el que se da comienzo al estado de Alarma en el país.

 

En dicho R.D., entre otras muchas medidas, se establece: “Se suspende la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza contemplados en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, incluida la enseñanza universitaria, así como cualesquiera otras actividades educativas o de formación impartidas en otros centros públicos o privados.

 

La parte que te he subrayado es la que nos afecta en lo referente a la formación en Prevención de riesgos con el manejo de carretillas elevadoras.

 

coronavirus
Por lo tanto, es evidente que NO se pueden hacer cursos presenciales de carretillero y si alguien lo hace, pues se arriesga a tener la sanción correspondiente además de ser un grandísimo irresponsable.

 

Por otro lado y para que no os engañen, las empresas tienen claro que eso es así y si una vez pasada esta situación, pretendes que te contraten con un carnet emitido desde el inicio del estado de alarma hasta su fin, lo normal es que la empresa piense que es falso.

 

Entonces ¿qué hago si lo necesito?

 

El Real Decreto también dice y como cosas excepcional debida a las circunstancias, “Durante el período de suspensión se mantendrán las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y «on line», siempre que resulte posible”.

 

Es decir, que de forma excepcional podéis hacer el curso a distancia, bien porque os lo pidan para trabajar en alguno de los sectores esenciales que todavía están trabajando o porque os toque renovar el carnet.

 

No olvides que en este estado de alarma hay muchos carretilleros trabajando en centros de logistica y distribución y por lo tanto SOMOS esenciales.

 

Eso si, como siempre mi recomendación es que busques y encuentres una empresa que os pueda completar la formación con una o varias sesiones prácticas, una vez terminado este triste periodo.

 

Espero haber servido de ayuda y que todos estéis muy bien, esto pasará pronto, ánimo.

La Calidad de la Formación: imprescindible para evitar sanciones y multas

A menudo recibimos preguntas y comentarios referidas a si esta o tal otra formación es válida, es oficial, es homologada, y un largo etcetera. Siempre he comentado que quién tiene la última palabra es la inspección de trabajo, que es quién valora si la formación fué la adecuada, y es quién además, conoce mejor que nadie cómo se imparte la formación y si los cursos son de calidad o son un mero trámite administrativo.

A continuación reproducimos parte de una de estas preguntas.

Arturo:

Hola Carlos, soy el responsable de un almacén en el que trabajan más de 30 carretilleros, nosotros estábamos tranquilos ya que la empresa que nos tiene alquiladas las carretillas, nos dio la formacion para todos nuestros trabajadores, hace unos días tuvimos una inspección de trabajo después de un pequeño accidente y el inspector nos ha puesto una sanción porque dice que no es válida. No nos ha dado muchas explicaciones, ¿me puedes decir por qué crees que pueda ser la sanción?

Nuestra respuesta:alquiler de carretillas elevadoras

Hola Arturo, la verdad es que tendríamos que preguntarle a él, pero te cuento lo que me han dicho a mi en algún caso similar. En primer lugar entiende la inspección y es así, que muchas veces la formación se incluye con la compra o el alquiler de la carretilla elevadora y la empresa de alquiler como no quiere incurrir en más costes directamente certifica la formación sin impartirla si quiera.

Otra razón es que muchas veces quien da la formación en las empresas de alquiler, no es un técnico en PRL, como exige la Ley, sino un mecánico con ciertos conocimientos de manejo.

En general a los inspectores no les suelen gustar los cursos impartidos, por empresas de carretillas, ya que comercialmente usan los cursos como un regalo promocional para cerrar las ventas. No sé como se dio el curso, pero yo he visto muchos certificados de cursos, que en realidad han sido una charla de 10 minutos. Por otro lado, decir a otras personas que se encuentren en tu mismo caso, que normalmente los inspectores no suelen multar por esto, suelen dar un plazo de subsanación de 30 días para corregir la formación insuficiente, en vuestro caso os han sancionado por que ha habido un accidente, recordar también que si el accidente es grave la sanción podría pasar de los 600.000€.

Espero haberte sido de ayuda.

Está claro que ya no vale con cubrir el expediente y que el INSHT conoce a todos los agentes implicados en la seguridad y prevención de riesgos para los trabajadores y aunque no actue de oficio si lo manifiesta cada vez que tiene oportunidad para ello.

¿Conoces algún caso parecido? ¿Has recibido algún curso impartido por una empresa de alquiler de carretillas? Haznos saber tu experiencia y tu opinión al respecto.

 

 

Cursos UNE 58451

Últimamente he observado en la publicidad de algunas empresas de formación dedicadas a impartir curso de carretillero la siguiente información: “Curso conforme a los contenidos del  RD 1215/1997 y a la UNE 58451”, mi pregunta es ¿Qué demonios significa eso?, por un lado son cosas totalmente diferentes, los primeros serían los idóneos para el curso mínimo en materia de prevención de riesgos laborales que establece la Ley, mientras que lo segundo sería los referidos a un curso de manejo. Pero lo más importante. Da igual que los contenidos sean conformes a la norma UNE 58451, lo que tiene que ser conforme es la empresa de formación y los profesores que lo imparten  y estar certificada por un organismo certificador, AENOR, SGS o similar. une-58451Si no es así, es tan solo palabrería publicitaria. Las empresas que tienen esta certificación no es tan solo porque hagan los cursos con tales o cuales contenidos, sino porque han pasado por un proceso de certificación, en este proceso se ha mirado el curso que dan, el número de alumnos por profesor, el número de máquinas por alumno, si las máquinas son conformes a la Ley, si conservan un registro de todos sus alumnos, etc, etc., es decir que para que un curso sea con certificado UNE 58451, no vale con poner una frasecita en la página, eso es casi un engaño.

La posesión del certificado UNE 58451, representa un aval de la calidad de los cursos de la empresa que lo posee y ofrece un plus de garantía para quien decide contratar con ellos, mucho mayor de lo que nosotros podamos expresar desde aquí, pero CUIDADO, antes de contratar con este tipo de empresas comprobar que tiene la certificación de verdad, de hecho, sino ponen el sello en sus páginas, seguro que lo que ocurre es que no lo tienen.

 

Norma UNE 58451

Como son muchas las preguntas sobre la norma UNE 58451, nos gustaría aclarar algunos aspectos sobre la misma.

1.- ¿A quién afecta esta norma?.

A día de hoy que nosotros sepamos, esta norma aún no ha salido publicada en ningún tipo de legislación, por lo que todavía no es de obligado cumplimiento en su totalidad. Pero tener en cuenta que en el momento en el que se publique en un real decreto lo será. Es bastante común que el estado cuando decide legislar sobre algo que ya regulan las empresas estandarizadoras, adopte directamente las normas de estas.

Por otro lado a quien si afectan y que cada vez en mayor medida, desde el punto de vista del control, es a las empresas que ya estén certificadas en la ISO 9001.

2.- ¿Como son los cursos?

Los cursos que se acogen a la UNE 58451 son de 2 niveles

OPERARIO

  • Curso inicial: 8 teoría y 16 de práctica
  • Curso de actualización: 4 teoría y 4 práctica

SUPERVISOR

  • Curso inicial: 8 teoría y 2 de práctica
  • Curso de actualización: 4 teoría y 1 práctica

Entendiendo por supuesto que para acceder al nivel supervisor habrá que tener previamente el de operario.

3.- ¿Tiene caducidad?, como habréis visto en la respuesta anterior, evidentemente, si existe un curso de actualización es porque tiene caducidad, 5 años.

4.- ¿Debería hacer este curso?

Esto quedará a tu elección, pero la verdad es que todavía no se suele pedir, por lo que como consejo os diría, que hicierais el tradicional de 8 horas, pero elige una empresa que este homologada para que cuando necesites hacer el de 24, te cuenten las horas que ya has realizado.

Seguiremos hablado de este tema, que provoca tanta controversia.

Carretilleros: Práctica versus Teoría

Con anterioridad hemos hablado desde este blog de la importancia de la práctica en los cursos para conseguir el carnet de carretillero, pero hoy voy a hablar desde la perspectiva de formador del peso de la práctica en las expectativas del alumno.

En nuestro día a día nos podemos encontrar con tres tipos de alumnos: alumnos con años de experiencia en el manejo de la carretilla,  alumnos con algo de experiencia y finalmente con alumnos totalmente noveles que no se han subido a una carretilla jamás.

Los primeros realizan el curso bien por reciclarse o  bien por renovar el carnet de carretillero. Para este tipo de alumnos (los experimentados) es lógicamente un trámite necesario (a veces incluso tedioso) el acudir a estos cursos y cómo formador intento hacer el mayor hincapié posible en la prevención y la seguridad (para mí la parte fundamental del curso). Lo que viene a denominarse la parte teórica del curso. Las prácticas con la carretilla, si pudieran, la mayoría de los alumnos experimentados, se las saltarían.practica con carretilla

El segundo tipo de alumno, acuden a estos cursos para obtener el carnet de carretillero y regularizar su situación. Ya han tenido contacto con carretillas regular o esporádicamente, pero desconocen totalmente la prevención y la seguridad que han de contemplar cuando manejan carretillas. Suelen valorar más la parte teórica que la práctica.

Y el último tipo de alumnos, son los totalmente noveles los que buscan  poder tener acceso a otro mercado laboral. Estos alumnos no experimentados, que jamás se han subido a una carretilla, lo que más les preocupa es la parte de la práctica con la carretilla. Vienen con la expectativa de conseguir en unas horas lo que otros carretilleros tardan años: experiencia en el manejo de carretillas elevadoras.

Pues bien, muchas de las críticas u opiniones desfavorables que se pueden leer en Internet sobre los cursos de carretillero de un día tienen que ver con el tiempo de práctica de estos cursos.

Que la practica con carretilla es importante no lo pongo en duda. Que cuanta mayor practica mejor, tampoco lo dudo. Pero una carretilla no es un coche de choque en el que se puede subir cualquiera y echar a andar. Los accidentes laborales con carretillas están a la orden del día. Basta con echar un vistazo a Youtube. Las consecuencias de los accidentes laborales con carretillas pueden ser graves y peligrosas, y muchas veces hay terceros implicados en los mismos. Sin embargo desde mi punto de vista práctica y experiencia NO SON LO MISMO.

Manejar una carretilla puede resultar sencillo para la mayoría de las personas (la mayoría conducimos coches), pero hacerlo correctamente y con la mayor seguridad, evitar situaciones peligrosas y prevenir accidentes ha de ser prioritario para todo carretillero. Y como pasa con la conducción de vehículos a mayor seguridad mayores distracciones al volante.

Intentemos entre todos los formadores conseguir que nuestros alumnos se conciencien de la importancia de la prevención. La obtención del carnet de carretillero no debe ser sólo un mero trámite burocrático o unas clases para conducir. Y concienciemos a los alumnos que 4 u 8 horas de practica no le otorgan experiencia.

Cómo elegir curso de carretillero

Volvemos a retomar el tema de cómo elegir el curso de carretillero más conveniente. No os podeis hacer una idea de la cantidad de comentarios y correos donde nos solicitan  una y otra vez información.

Algunas pautas para elegir tu curso:

formacion de carretilleros

  1. – Que el curso sea específico para las máquinas que vas a utilizar.
  2. – Que sea teórico-práctico, la ley exige que el curso tenga una parte práctica en todas las máquinas que vas a utilizar.
  3. – La teoría trata los temas de prevención, por lo que sería importante que el formador sea un técnico superior en prevención de riesgos.
  4. –  Que el certificado y el carnet venga firmado por el técnico.
  5. – Que en la trasera del diploma (certificado) vengan reflejados los contenidos del curso (últimamente muchas empresas lo están pidiendo).
  6. La práctica debe ser suficiente, por lo que deberíais huir de empresas que hagan grupos muy grandes (por supuesto si el grupo es grande pero tienen varias máquinas y varios monitores pues también es válido)
  7. – Para el curso de carretillas es importante que incluya al menos frontal, retráctil y transpalet (aunque lo ideal es que también se incluyan apilador y recogedor de pedidos.
  8. – Para los cursos de carretillero, entre teoría y práctica, la duración mínima sería entre 6/8 horas según sea intensivo o no, aunque también existen curso de 24 horas para la homologación AENOR, es decir alguna empresa que quiere que AENOR les certifique puede pedirte también este curso.
  9. – Que sepáis que con sólo este curso no te habilita para trabajar en construcción. Para trabajar en construcción aparte de este curso necesitarás además el TPC básico de 8 horas y TPC específico de 20 horas.

Por otro lado yo suelo recomendar que para formación se elijan empresas de formación (cada uno sabe de su tema) y además son mejor aceptados por los inspectores. Aunque esto es sólo una opinión, si es cierto que los inspectores están cada vez más inquisitivos y están trasladando esta cuestión al empresario, lo que provoca que haya empresas que esten rechazando trabajadores en función de la empresa que impartió el curso.

Un último consejo: Si tu duda está entre dos o más empresas, que a tu criterio ofrecen un curso muy similar, decantate por tu instinto o por la empresa que te dé más confianza.

¿Se puede obtener el carnet de carretillero a distancia?

Estimados compañeros a menudo encontrareis en internet numerosos cursos de carretilleros para realizar a distancia, muchas veces de muchas horas de duración, lo que en principio podría hacerles más interesantes, pensado en que cuanto el curso sea más largo aprenderemos más y nos lo valorarán más a la hora de presentarnos a una oferta de trabajo, además suelen ser algo más baratos.

Viéndolo así y pensando que además no tenemos que desplazarnos a realizar el curso, todo parecen ventajas. Pues la verdad es que no es oro todo lo que reluce, a día de hoy es raro que una inspección de trabajo acepte como una formación adecuada aquella que solo sea teórica, por muy larga que nos pueda parecer, de hecho en las recomendaciones del INSHT dice claramente que la formación debe ser teórico-práctica, incluso os diré más, debería ser para cada máquina, no para cada tipo de maquina sino para cada máquina específica. Afortunadamente estas recomendaciones no se cumplen a rajatabla, si fuera así teniendo en cuenta la gran cantidad de modelos que existen en el mercado estaríamos todo el día haciendo cursos.

Ahora bien puede pasar que alguna empresa te lo acepte, si es así tu tranquilo, no estás haciendo nada malo, será la empresa la responsable.

Tipos de carnet de carretilleros

Precisamente porque como ya hemos comentado en Carnet carretillerosmás de una ocasión que no existe un carnet oficial de carretilleros, no se puede hablar de tipos de carnet de carretilleros, o más bien se puede decir que hay tantos tipos de carnet de carretilleros como empresas dedicadas a impartir la formación. Cada empresa formadora te entregará su propio carnet con el que se hará responsable de los conocimientos que te ha impartido y en el que figuarán tus habilidades en el momento de su expedición, por eso, es importante tener claro que es lo que se necesita y con que se tiene intención de trabajar, para recibir una formación lo más cercana a las responsabilidades que vamos a asumir.

Actualmente, con el carnet de carretillero que te entreguen al realizar tu curso, podrás acceder al manejo, en cualquier centro de trabajo, de los principales y más usuales tipos de carretillas, pero si tienes pensado trabajar con un tipo de máquinaria específica, lo ideal es que hagas el curso con una empresa que te permita manejar ese tipo de máquina y que además lo refleje en el carnet que te entreguen, de este modo, podrás no sólo demostrar tus conocimientos como carretillero en general, sino con la maquinaria para la que te hayas formado en particular, una formación que tienen muy en cuenta las empresas a la hora de contratar.

Es importante que cuando vayas a realizar tu curso veas las posibilidades que te ofrece tu centro de formación y elijas aquel curso que más se adapta a tus necesidades.

Despido por incumplimiento de las medidas preventivas

En algunas ocasiones, los trabajadores de mis cursos me comentan su necesidad del curso de carretillero como mera formalidad a la hora de que cualquier empresa le contraten en el sector de la logística. Mi respuesta es siempre la misma: “si bien es cierto que es una obligación legal, aprovecha el curso al máximo y toma buena nota de las medidas preventivas que has de observar en el trabajo cuando conduzcas una carretilla porque tu vida va en ello”.

Hoy he de añadir otro argumento a mi favor, para que los conductores de carretillas, adopten todas las medidas preventivas obligatorias: mantener el puesto de trabajo.

Tendemos a pensar que las sanciones son siempre impuestas a los empresarios, administradores y encargados, sin embargo un despido procedente no deja de ser una sanción para el trabajador.

Resumo y comento hoy una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, por la que se declara procedente el despido de un trabajador por su “total inobservancia” de las medidas preventivas previstas por la ley y por la empresa.

La sentencia viene a argumentar que cuando la empresa que cumple con todas las normativas en prevención de riesgos exigidas por ley, incluidas las amonestaciones a los trabajadores que las incumplen, si detectan que alguno de sus trabajadores es reincidente en el incumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales de forma voluntaria y consciente, la empresa puede despedir al trabajador amparandose en que “implica sin duda un grave riesgo para él mismo y para sus compañeros, y un eventual perjuicio para la empresa, virtual responsable, en último extremo, de las consecuencias derivadas del acaecimiento de un accidente laboral en sus instalaciones.”

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