Categoría profesional de carretillero

Ya hemos hablado alguna vez del tema de la categoría profesional de los carretilleros, pero últimamente hemos recibido alguna pregunta al respecto y nos gustaría comentar el convenio de las empresas de transporte de mercancías aparecido en el BOE del 29 de marzo. El convenio establece la categoría de mozo especializado-carretillero: “El acceso a dicha categoría requerirá acreditar, por el trabajador, estar en posesión del carnet de operador de carretillas expedido por entidad acreditada, una formación adecuada y suficiente, previa a la utilización de dichas carretillas elevadoras, así como el manejo de éstas como elemento cotidiano de su jornada de trabajo por un período superior a seis meses durante un año o a ocho durante dos años”.convenio-carretilleros

Dice algunas cosas más, que os resumo a continuación:

  1. La solicitud la hará el trabajador y acreditará la formación y la experiencia, es difícil si no tienes un documento de la empresa. Si no quieren darte la categoría bastaría como que no reconozcan tu formación o nieguen tu experiencia.
  2. Se perderá cualquier complemento que se perciba como carretillero, en muchos casos puedes perder dinero (en términos netos).
  3. Cualquier convenio sectorial que tenga reconocida alguna categoría de carretillero u operador de carretillas, la mantendrán hasta que se adapten a este acuerdo marco.

Cuéntanos tu caso para poder ofrecer ayuda a otros compañeros. Toda información sobre tu categoria profesional relacionada con el manejo de carretillas elevadoras es bienvenida.