¿Qué curso de carretillero escoger? Parte II

Siguiendo con el articulo que publiqué hace unas semanas sobre consejos para escoger un curso de carretillero y
teniendo en cuenta todo lo anterior a continuación os expondré mis recomendaciones para elegir vuestro curso:

1.- Que lo firme un técnico superior, solo ellos y los antiguos intermedios pueden realizar y certificar esta formación.formacion de carretilleros

2.- Que sea teórico/práctico, que tenga tanto teoría como práctica, recordar los cursos teóricos no son válidos.

3.- Cursos masivos, huye de las empresas que hagan cursos para mucha gente, como mucho un monitor para cada 12 o 13 personas.

4.- Que tenga varios modelos, como mínimo frontal, retráctil y tranpalet.

5.- Huye de centros que no tengan instalaciones, los centros buenos no hacen cursos en parking o en sitios raros.

6.- Huye de los cursos demasiado cortos, suelen ser insuficientes, conozco casos de gente que ha tenido que pagar 2 cursos por ser el primero insuficiente.

6.- Haz el curso solo de carretillas, los sitios que ofrecen carretillas, plataforma, grúas, plumas, etc., en un día, son claramente insuficientes,  como mínimos debería ser de 6 horas por tipo de máquina.

7.- Cuidado con los anuncios de cursos homologados, no existe tal homologación, desconfía del que te diga lo contrario, si empieza mintiendo cómo seguirá. Los cursos no son homologados, los cursos deben ser conformes a la legislación.

8.- Elige empresas con la certificación UNE 58451, no es obligatorio, pero si es garantía de calidad, estas empresas han tenido que pasar una serie de inspecciones que garantizan la calidad, ¡¡¡CUIDADO!!! Con los que ponen conforme a la UNE, eso no existe, o estás certificado o no.

9.- Servicio de atención posterior, es común en las entrevistas de trabajo que se llame a la empresa formadora para comprobar la formación, imaginar la impresión si la empresa no existe o no contesta nadie.

10.- Que lleven un registro, si pierdes el carnet y los has hecho en una empresa que no guarda registros o que ha desaparecido, porque se creó para hacer negocio dando 4 o 5 cursos, tendrás que volver a hacer y pagar el curso. Además si alguna empresa antes de contratarte les llama igual no existe.

Lo anterior son tan solo mis recomendaciones surgidas fruto de mi propia experiencia y con ellas no quiero criticar a ninguno de mis compañeros, esto es lo que yo miraría.

Carnet de carretillero europeo

Seguimos recibiendo consultas preguntándonos sobre la existencia de un CARNET DE CARRETILLERO EUROPEO. Imaginamos que se debe a que alguna empresa está ofertando la realización de un curso para la obtención del carnet de carretillero a la que haya denominado con dicho termino. union-europea

Hay mucho engaño y confusión al respecto. NO EXISTE NINGUN CARNET DE CARRETILLERO EUROPEO. No nos cansaremos de recalcar que la legislación en materia de prevención es común a todos los países miembros de la CEE, por lo que siempre que la formación se haya producido correctamente, será válida aquí y en todos los países de la unión europea.

Recalcar nuevamente, que la formación en materia de prevención, es exclusiva de los técnicos superiores de prevención, es decir que las autoescuelas saben de coches, motos o camiones, pero no de prevención. En principio un curso dado por un profesor de coche, NO TIENE NINGUNA VALIDEZ. Aunque en caso de inspección la multa irá para la empresa que acepte esos carnets o certificados, somos los trabajadores los que nos vemos perjudicados bien porque no sean aceptados nuestros carnet por las empresas o bien porque nos podamos quedar sin trabajo ipso facto.

Como es una práctica a la que se han apuntado muchas autoescuelas, nos gustaría dejar el tema lo más claro posible, LOS PROFESORES DE AUTOESCUELA NO PUEDEN DAR CURSOS DE CARRETILLAS, básicamente porque no tienen la formación que exige la ley.

Hemos realizado un estudios llamando a 30 de las autoescuelas que ofrecen estos curso y ninguna cumplía con los requerimientos mínimos que exige la ley.

Os recomiendo que busquéis un centro de formación, a ser posible homologado por la UNE 58451, aunque el curso que deis no sea el de la UNE, siempre será una garantía de calidad.

Mucho cuidado, exigir siempre un técnico superior en PRL como profesor.

¿Las carretillas de 4 palas necesitan un carnet especial?

Esta preguntan se nos ha planteado en varias ocasiones. Vamos a intentar responderla de la manera más breve posible, la duda surge siempre por la manía de hablar de carnet.4_palas

La ley exige que los carretilleros tengan una formación específica para la conducción segura de los equipos de trabajo, es decir, cada máquina, independientemente de que tengan 2, 4, 6 o hasta 10 palas (que existen), o tenga cualquier otro accesorio como pinzas, bulones, etc., precisa su formación. Ahora bien, la parte teórica que se imparte en los mismos sí que es genérica y válida para todo tipo de carretillas, ya que se trata de formación en riesgos, el título real es “manejo seguro de cargas pesadas con equipos de elevación y transporte” y eso es algo común a todas las máquinas.

Como resumen, en principio no hace falta que figure en el carnet, pero si sería conveniente una formación específica, aunque solo para la parte práctica. Pensar que según la FEM (Federación Europea de la Manutención) clasifica los tipos de carretilla en 13 grupos de productos, que a su vez se subdividen en 37 categorías. Es decir, que podríamos definir 481 modelos diferentes, sería una locura incluir todos los modelos en el carnet o el certificado, sería una sábana.

Espero haber contestado a tu pregunta.

El carnet de manipulador de alimentos como complemento formativo y laboral para los carretilleros

Últimamente nos estamos encontrando con mucha frecuencia anuncios de trabajo en los que se solicita (por supuesto) el CARNET DE CARRETILLERO,  pero  además el CARNET DE MANIPULADOR DE ALIMENTOS.

Como todos sabemos, estos carnets no son oficiales, pero aseguran a las empresas que los trabajadores que van a incorporar a sus plantillas han recibido la información y formación EXIGIDAS POR LA LEY para cada uno de estos trabajos. La pregunta es entonces, ¿Por qué alguien cuyo trabajo se va a desarrollar en un almacén, y probablemente sobre una carretilla elevadora, debería tener formación y conocimientos sobre la manipulación de alimentos?  La respuesta la encontramos en la propia definición de MANIPULADOR DE ALIMENTOS: son todas aquellas personas que por su actividad laboral, tienen contacto directo con los alimentos (y bebidas) durante su preparación, fabricación, transformación, elaboración, envasado, almacenamiento, transporte, distribución, venta, suministro y servicio.

Esta definición hace por consiguiente, que necesitemos acreditar mediante certificados y/o carnets que hemos recibido tanto la formación del manejo de Carretillas elevadoras como la de manipulación de alimentos, para trabajar, por ejemplo en CASBEGA, CARREFOUR, MERCADONA, HERO, CAMPOFRÍO, PANRICO, EL POZO, PULEVA… O en cualquiera de las cientos de empresas que operan a diario en los mercados centrales de alimentación, como MERCAMADRID o MERCABARNA.

Por tanto, todos aquellos trabajadores que tengan o vayan a obtener el carnet de carretillero, y que quieran ampliar su horizonte laboral e incrementar las posibilidades de ser contratados, deberían plantearse acreditarse como MANIPULADORES DE ALIMENTOS realizando la formación correspondiente, ya que es una formación nada complicada y generalmente  muy asequible en precio.

Sancion a una empresa por imprudencia

Hoy quiero comentar una sanción, que pone en evidencia, la importancia de la formación y el cumplimiento de la Prevención en riesgos laborales, tanto para el trabajador como para la empresa.

La sanción se produce tras un accidente mortal de un trabajador con una carretilla en su primer dia de trabajo en dicha sociedad.vuelco carretilla

Llama la atención de la sentencia varias circunstancias:

  • Reconoce que el trabajador hace uso de la carretilla desobedeciendo una orden de un superior,
  • Además da por provado que el trabajador no se puso el cinturón de seguridad,
  • y que el trabajador realizó un giro inadecuado, que provocó el vuelco de la carretilla.
  • Pero además, y aún considerando los hechos anteriores, considera que existe imprudencia por parte de la empresa por cuanto la rampa por donde circuló tenía una pendiente superior a la establecida en el anexo I del Real Decreto 486/1997 (16% sobre 10%) y carecía de barandillas laterales.

El INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social), para fundamentar, la tramitación del recargo, argumenta además la falta de formación en el manejo de carretillas por parte del trabajador, el manejo de la carretilla en su primer día de trabajo, la realización de una maniobra indebida, estacionar la carretilla con llave de contacto, la falta de utilización del cinturón de seguridad, la poca visibilidad del entorno de trabajo por la hora de la tarde y trabajo en solitario.

Si estás interesado en conocer en mayor profundidad el resumen de la sentencia: sentencia por imprudencia

¿El carnet de carretillero tiene caducidad?

¿Porqué hay carnets de carretillero que tienen 5 años de caducidad y otros que no? ¿son igual de válidos?

En realidad los 2 son iguálmente válidos, de hecho es la empresa formadora la que establece la duración o cualquier otra limitación.

Es verdad que la NTPs 713,  dice: “su periódica revisión para adecuarla a la incorporación de las nuevas tecnologías y a las nuevas situaciones de riesgo que puedan presentarse”, es decir que deberíamos tener una formación periódica para adecuarla a las nuevas tecnologías, pero también dice que tendríamos que tener una formación específica para cada máquina que vayamos a utilizar, en el mismo sitio y con las mismas cargas con las que vayamos a trabajar. Como es lógico esa formación solo podrá ser en el lugar de trabajo. También considero que además de los riegos genéricos de las carretillas donde pueden surgir nuevos riegos es en tu lugar de trabajo y según se indica en la Ley de PRL, es la empresa la que está obligada a darte formación en los riesgos especificos que conlleva tu trabajo.

Podrían haber cambios en los riesgos genéricos de las carretillas o en el Real Decreto que las regula, pues si, pero eso podría ocurrir una vez cada 5 años o 10 veces en un año. De hecho las empresas que renuevan sus carnet lo que suelen hacer es repetirte el mismo curso y eso no tiene más que una justificación comercial. Lo suyo sería que si hubiera algún cambio, las empresas comunicaran con sus alumnos y les hicieran un curso específico sobre el cambio incluso si el cambio es pequeño se lo comunicasen verbalmente.