Pasillos de circulación de carretillas

Me he decidido a escribir este pequeño artículo sobre pasillos de circulación de carretillas, porque aunque no lo parezca son una fuente de accidentes, tanto por su mal diseño como por su mal uso, así que estos serán los dos puntos que vamos a intentar tratar aquí. A continuación incluimos un estrato extraído de la guía del INSHT sobre lugares de trabajo.

“El Real Decreto 486/1997 de 14 de abril, por el que se establecen las Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en los Lugares de Trabajo.

Dentro de los edificios es conveniente señalizar, mediante líneas en el suelo, las vías de circulación seguidas por vehículos tales como, por ejemplo, carretillas elevadoras.

carriles de carretillasEn las vías de circulación utilizadas por vehículos automáticos sin conductor y que puedan utilizarse simultáneamente por trabajadores, se deben establecer las medidas de seguridad precisas para que los trabajadores no resulten lesionados por los vehículos. Entre tales medidas se encuentran:

  • Equipar a los vehículos con dispositivos de seguridad (dispositivos sensibles al contacto).
  • Mantener suficiente espacio entre vehículos y trabajadores.
  • Cuidar que los dispositivos colocados a lo largo de la vía de circulación no generen peligros de tropiezos y caídas.
  • Establecer una velocidad máxima de seguridad.
  • En las salidas a otros recintos tales como puertas, túneles, puentes y otras vías cerradas, la circulación de vehículos debe separarse de la de los trabajadores mediante barandillas o barreras. Se indicará el uso correcto de la vía con la señalización adecuada. Tales vías han de mantenerse libres de obstáculos.
  • Las vías de circulación de vehículos no deben pasar cerca de elementos tales como pilares, estanterías de almacenamiento, etc. que puedan desplomarse si el vehículo choca contra ellos, a menos que el objeto esté debidamente protegido por barreras u otra protección adecuada.
  • Cuando una vía de circulación de trabajadores cerrada, finalice en una puerta de salida al exterior que cruce con una vía de circulación de vehículos, se deberían colocar barandillas o barreras a una distancia mínima de un metro de la salida, con el fin de impedir que los trabajadores salgan directamente a la vía de circulación de vehículos.
  • Para evitar que un trabajador quede atrapado entre el suelo inferior y las paredes de un muelle de carga, se deberá habilitar una salida (por ejemplo, una escalera entre el nivel inferior y el superior). Cuando el muelle tenga mucha longitud, se le deberá dotar con dos escaleras. Una solución alternativa es construir uno o varios refugios.”

Es muy común que las empresas de gran tamaño, establezcan pasillos de circulación exclusiva para carretillas con el fin de agilizar su trabajo y evitar los accidentes, pero como he dicho antes muchas veces consiguen el efecto contrario, esto casi siempre es debido a los siguientes factores:

Zonas señalizadas pero altamente transitadas por peatones. En el diseño del propio pasillo hay que tener en cuenta esto, si existe una zona con mucho público o de cambia el recorrido o se limita la velocidad.

Zonas de escasa visibilidad, el pasillo debe estar bien iluminado.

Intersecciones, deberían reducirse al mínimo o señalizase limitaciones de seguridad.

No respetar la distancia de seguridad tanto con otras máquinas (3 veces el tamaño de nuestra carretilla) con a cualquier objeto (0’5 metros) o personas (1 metro)

Pero la principal causa de accidentes sin dudas es la creencia, por supuesto ERRONEA por parte de los carretilleros de que la existencia de este tipo de carriles en los que no debería haber personas, les autoriza a conducir sin visibilidad. Esto hace que cada vez que un despistado se para en uno de estos carriles pueda aparecer un carretillero con carga y sin visibilidad y atropellarle. RECORDAR: aunque en ese carril no debería de haber nadie, con carga circular siempre marcha atrás con el fin de tener la máxima visibilidad.

* Imagen cedida por PROTEC S.A.

Obligaciones de los empresarios

La directiva 89/391/CEE establece las normas básicas en materia de protección de la salud y la seguridad de los trabajadores. Las medidas que prevé pretenden, sobre todo, eliminar los factores de riesgo de enfermedad y de accidentes de trabajo.

Los empresarios y empresas deben garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores en todos los aspectos relacionados con el trabajo, incluso si recurren a personas o servicios ajenos a la empresa, incluido la subcontratacion de carretillas y carretilleros.

Es decir que es obligación del empresario garantizar la salud de los trabajadores y que este es un derecho no sólo exigible sino irrenunciable. El empresario tiene el deber de vigilar que el trabajador cumpla con todas las medidas necesarias. Algunos creen que pueden saltarse esta obligación recurriendo a la subcontratación, pero no es así, la obligación persiste.

Obligaciones concretas en materia de carretillas

  1. Analizar todos los riesgos que se puedan presentar en el trabajo con carretillas.
  2. Si es posible, eliminarlos en origen.
  3. Si no es posible eliminarlos, establecer medidas de prevención que los minimicen. Los riesgos tienen diferentes niveles, tendremos que rebajar su nivel a uno aceptable, es decir, con poca probabilidad de que ocurra y en el caso de ocurrir con un resultado poco grave. Por supuesto, vigilar que se cumplan las medidas, aquí incluiríamos:
    • Formación especifica en el manejo de carretillas.
    • Medidas de prevención colectivas, señalización, rotación de puestos, etc.
    • Revisión de los procedimientos de trabajo.
    • EPIS (equipos de proteccion individual) para los carretilleros.
    • Mantenimiento/revisiones de las carretillas.
  4. Vigilar la salud de los trabajadores. Las carretillas por su construcción generan una serie de patologías, y el empresario tendrá que mantener revisiones periódicas para detectarlas en origen, aunque en otros trabajos los trabajadores pueden renunciar a sus revisiones, aquellos que manejen este tipo de equipos no, porque es obligación del empresario vigilar por su salud.
  5. Tener cuidados con grupos especialmente protegidos, por ejemplo si una carretillera quedase embarazada, el empresario tendría que realizar estudio de riesgos para ella en particular y en caso de que pudieran afectarla, cambiarla de puesto.
  6. Los empresarios deben consultar a los trabajadores y a sus representantes sobre todas las cuestiones que afectan a la seguridad y la salud en el trabajo, por lo que cualquier cambio de procedimientos o de máquinas tendrá que hablarse con ellos.

Los representantes de los trabajadores pueden formular propuestas para que el empresario adopte medidas especiales. Pueden recurrir a las autoridades nacionales competentes en caso de incumplimiento del empresario.