¿Se puede circular por la calle con una carretilla?

Si o no , depende, ¿de que?, pues de las condiciones de la carretilla. Para que una carretilla pueda circular por la calle será necesario que este matriculada, que tenga un seguro de responsabilidad civil y por supuesto, para su manejo necesitaremos estar en posesión de carnet de conducir.

Podemos explicar la razón, de la siguiente manera, cualquier carretilla que trabaje dentro de la empresa se considera un instrumento de trabajo, por lo que estará cubierto por el seguro de responsabilidad de la nave, en cuanto salga a la calle, pasará a ser un vehículo y tendrá de cumplir todos los requerimientos de un vehículo cualquiera, que dependerán del vehículo.

Tener cuidado la policía se está poniendo dura con esto e imponiendo multas de 500€, incluso si circulas dentro de cualquier polígono.

 

4 comentarios en “¿Se puede circular por la calle con una carretilla?”

  1. me es grato saludarlos y hacerles llegar mi pregunta pues el eterno problema de la validez del carné de carretillero,pues yo hice un curso patrocinado por Redes .y la junta de andalucia y las practicas fueron en las instalaciones de merca sevilla con una duracion de 370 horas en total y solo en practicas fueron 120 horas estas se realizaron en el mes de julio del 2009 hasta el mes de setiembre del mismo año y anterior a este curso he trabajado en una empresa como mozo de almacen carretillero por 2 años consecutivos. luego del curso por la situacion de crisis que afronta el pais me quede parado hasta el momento,y mi carné de carretillero tiene fecha de expedicion pero no fecha de caducidad, ahora les planteo la pregunta tendre que hacer algun curso de reciclaje pues cuado me presente en una empresa para dicho puesto me dijeron que tenia que tener el carnet en vigor .y yo he ido a la fundacion mercasevilla a por resolver este dilema y como han cambiado de personal me dicen que ellos no saben de ninguna referencia de validez del carné pues es como el carne de conducir vehiculos y lo mismo me ha sucedido con otras candidaturas en otras empresas es que no lo entiendo .les estare muy agradecido me puedan dar una alternativa eficaz a mi problema .gracias

    1. Estimado amigo, después de hacer un curso tan largo, debes conocer las carretillas como la palma de tu mano. Te daré mi opinión como técnico en prevención. La Ley dice será la empresa formadora la que establecerá los límites a la formación, es decir que podrían poner límite por tipo de máquina (frontal, retráctil, transpallet, apilador, recogedor de pedidos), por tamaño, hasta 5 toneladas, hasta 10 toneladas, más de 10 toneladas, pero también por podrían limitarte la validez por tiempo, es decir caducidad, pero si en tu carnet o en tu certificado no ponen límites no los tienes, es decir TU CARNET NO TIENE CADUCIDAD.

      Espero haberte sido de utilidad.

    1. Hola Paco, a día de hoy solo está prohibido el uso de máquinas con motor de combustión en el sector de alimentación. Ahora bien, existe una directiva europea que exige a los países miembros (entre otros el nuestro) que lo prohíban en todos los locales cerrados, pero como te digo todavía no se aplica en España, imagino que nuestros políticos estarán esperando a que la unión europea nos sancione.

      En resumen que si tienes una máquina diésel y no trabajas en el sector de alimentación la puedes seguir usando “de momento”.

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