Categoría profesional de carretillero

Ya hemos hablado alguna vez del tema de la categoría profesional de los carretilleros, pero últimamente hemos recibido alguna pregunta al respecto y nos gustaría comentar el convenio de las empresas de transporte de mercancías aparecido en el BOE del 29 de marzo. El convenio establece la categoría de mozo especializado-carretillero: “El acceso a dicha categoría requerirá acreditar, por el trabajador, estar en posesión del carnet de operador de carretillas expedido por entidad acreditada, una formación adecuada y suficiente, previa a la utilización de dichas carretillas elevadoras, así como el manejo de éstas como elemento cotidiano de su jornada de trabajo por un período superior a seis meses durante un año o a ocho durante dos años”.convenio-carretilleros

Dice algunas cosas más, que os resumo a continuación:

  1. La solicitud la hará el trabajador y acreditará la formación y la experiencia, es difícil si no tienes un documento de la empresa. Si no quieren darte la categoría bastaría como que no reconozcan tu formación o nieguen tu experiencia.
  2. Se perderá cualquier complemento que se perciba como carretillero, en muchos casos puedes perder dinero (en términos netos).
  3. Cualquier convenio sectorial que tenga reconocida alguna categoría de carretillero u operador de carretillas, la mantendrán hasta que se adapten a este acuerdo marco.

Cuéntanos tu caso para poder ofrecer ayuda a otros compañeros. Toda información sobre tu categoria profesional relacionada con el manejo de carretillas elevadoras es bienvenida.

43 comentarios en “Categoría profesional de carretillero”

  1. Existe un “carnet de carretillero” homologado ???.
    Si existe, qué empresas u organismos puede expedirlo ???

    GRACIAS.

    1. Hola Pedro, te comento que el manejo de carretillas de manutención se regula en el RD 1215/1997, en el mismo se dice lo siguiente:

      Anexo II, Pto 2.1 “la conducción de equipos de trabajo automotores estará reservada a los trabajadores que hayan recibido una formación específica para la conducción segura de esos equipos de trabajo”

      Articulo 5.1 “El empresario deberá garantizar que los trabajadores y los representantes de los trabajadores reciban una formación e información adecuadas sobre los riesgos derivados de la utilización de los equipos de trabajo,…”

      Es decir, es responsabilidad de la empresa garantizar que el trabajador tiene la formación necesaria, ya que eso lo que pedirá la inspección en caso de producirse. Como verás se trata de una formación en materia de riesgos laborales derivados del trabajo con carretillas y no como alguna gente cree de un carnet de manejo, el RD 1215/97 regula la utilización de equipos de equipos de trabajo, porque es así como se considera la carretilla, un equipo de trabajo, que requiere formación específica en materia de riesgos.

      Lo que si existen son empresas certificadas según la UNE 58451, pero esto no es un tema oficial, sino más bien de calidad.

      De hecho aquellas empresas que se anuncian como homologadas lo hace más bien por un tema comercial.

      Para que quede claro: “NO EXISTE NINGÚN ORGANISMO OFICIAL QUE HOMOLOGUE LA FORMACIÓN DE CARRETILLERO” el que lo diga no dice la verdad, además si existiese iría en contra de las directrices de la UE, en las que deja en manos de los empresarios la formación de sus trabajadores y a las administraciones les atribuye la responsabilidad de vigilar que esto es así.

      Espero haberte aclarado la duda

  2. Buenas tardes, en la actualidad estoy intentando obtener este carnet, pues me he quedado en paro y siempre he trabajado en almacenes y como no lo tengo pues ahora que tengo tiempo. El caso es que sobre este tema encuentro mucha información dispar y quisiera que me aclarasen.
    Según intereses y con quien hables te pueden decir que:
    No es un carnet profesional y por tanto no está regulado y solo depende de la empresa que pueda contratarte, el que te pidan que tengas algún curso que acredite el manejo.
    Otra información dice que solo en determinadas empresas están acreditadas para realizar el curso y expedir el carnet oficial. Estas misma s empresas dicen que si es cierto que existen academias y otras empresas que “dicen” que se puede realizar el curso con ellos, pero que no es real porque no están homologadas, o que el curso no tiene un numero oficial de curso, o que el titulo no esta certificado ni presentado ante organismos competentes.
    Otra disparidad que me encuentro es el porque existen cursos de 4 o 5 horas (por alrededor de 100 Euros) y luego ofertan otros cursos también pero de “150 Horas”. ¿A que se puede deber esta diferencia?.
    En espera de su aclaración reciban un saludo.

    1. Hola Alberto, tu pregunta es muy frecuente, así intentaré dejarlo lo más claro posible.
      1.- No existe un carnet oficial de carretillero y el que diga lo contario miente, bien por interés, bien por ignorancia.
      2.- Al no existir un carnet oficial como es lógico tampoco hay empresas que estén acreditadas, la empresa que lo diga miente también y en este caso solo por interés.
      3.- Existe una certificación por la NORMA UNE 48451, pero esta norma no es de obligado cumplimiento, lo que si te asegura es que aquellas empresas que la tienen son fiables, ya que para poder dar estos cursos tienen que pasar una serie de inspecciones (instalaciones, profesores, máquinas…) por parte de un organismo regulador, AENOR, SGS u otros.
      Eso si, el curso certificado por esta norma si tiene unos condicionantes que le harán largo y caro. La empresas deben estar acreditada, el profesor también y la norma establece un número de horas de teoría y práctica en función del número de alumnos, de máquinas utilizas y de profesores, por lo que la duración dependerá de todos estos factores, si estás tu solo y solo te certifican la carretilla frontal, el curso duraría 5 horas, pero si sois 5 y vais a utilizar 5 modelos de máquina igual dura cerca de 20horas, es decir es un poco farragoso.
      4.- La duración del curso tampoco está regulada, pero la inspección acepta como mínimo el curso de 6 o 8 horas, aunque puede haber empresas que te pidan uno de mil si quieren, al igual que te pueden pedir que hables chino.
      5.- Requerimientos que debería tener el curso según la Ley de PRL y el RD 1215/97:
      Teórico/práctico
      Impartido por un técnico en PRL superior o intermedio
      Tener un reciclaje periódico

      Espero haberte sido de utilidad

  3. Buenas,mi pregunta es la siguiente:
    Llevo 4 años trabajando de carretillero en la misma empresa,en el contrato pone peón polivalente porque aparte de conducir carretilla tenemos mas funciones como embalar y flejar,el ultimo año me han cambiado de puesto y me dedico a cargar y descargar camiones,quisiera saber si es correcta la categorìa profesional ya que ahora tengo mas responsabilidad y la persona que estaba en dicho puesto anteriormente se que le tenian como oficial de 1ª .
    Muchas gracias.

    1. Hola Juan, en principio la categoría sería correcta ya que no existe una categoría como tal de carretillero, aunque algunas empresas por propia elección se la reconocen a los trabajadores.

    2. Para una respuesta más concreta, necesitaríamos conocer qué convenio colectivo te aplica tu empresa. Date cuenta que, en derecho laboral, las fuentes reguladoras son en primer lugar el Convenio y después el resto de la Legislación. Con ello, podemos ver si tu empresa te aplica el convenio correcto y si tus funciones son acordes a tu categoría profesional o tienes derecho a reclamar una categoría y salario superior.

      José Antonio Otero Martín
      Otero&Guzmán Abogados
      http://www.oteroyguzmanabogados.com

  4. Hola buenas,
    Mi nombre es José, llevo como carretillero muchos años, y la duda es la siguiente:

    En mi empresa tenemos comercio metal, por lo cual no consta la categoría de carretillero, pero si la de mozo-especialista (en la 5.2) con salario base de 929,30 Euros .
    ¿Hay alguna forma de que conste en mi categoría y cobre como un carretillero,que sera un poco mas según otros convenios, ya que mozo-especialista son todos mis compañeros, y no cogen carretilla y ni si quiera están formados?

    ¿Existe diferencia entre mozo-especialista y carretillero?, ¿y cuales?

    Yo considero que tendría que tener una categoría superior y a esta su debido sueldo correspondiente, ya que me tiro toda la jornada de 8 horas en la maquina, y esto conlleva una responsabilidad que otros no la tienen porque no cogen ninguna retráctil (que seria mi caso), y cobran exactamente lo mismo que yo.

    No se son muchas dudas…

    1. Hola José, habría que ver el convenio en concreto, hay algunas comunidades autónomas que han incluido un plus para carretilleros en su convenio que supongo que es el del metal, pero esto no es en todas.

      En principio y aunque entiendo que en tu caso no es así, se considera que la carretilla se utiliza de forma ocasional.

      Yo también considero que se debería reconocer esta categoría, pero es difícil que se reconozca en sectores que no estén directamente relacionados con la logística.

      1. Buenas Carlos, pues mi empresa pertenece a Madrid y nos regimos por esta, se que comercio metal es el peor convenio, y lo tengo difícil….. Pero no desisto de buscar opciones para que se reconozca en el convenio y en mi empresa con su debida subida salariar, porque veo injusto que un carretillero cobre igual que un mozo.

        De todas formas, muchas gracias, preguntare en el sindicato, a ver si doy con la persona idónea para este asunto.

        Un saludo. José.

        1. Gracias a ti por participar, esperemos que pronto se reconozca la categoría de Carretillero en todas parte. Si se exige una formación lo suyo es que se reconozca.

          1. Hola trabajo de carretillero en la construcción que contrato tengo que tener ahora tengo el de peon

          2. Básicamente el que te pida el responsable PRL de tu empresa. Lo que dice el Convenio de la construcción es que necesitas el de aparatos de elevación, 20 horas si es el primero que haces de construcción y 6 si es el segundo.

    2. Hola, las categorías profesionales vienen definidas por el convenio de aplicación en función a la actividad de la empresa y al trabajo que desempeñas (que no siempre coincide con el convenio que la empresa te aplica). Por tanto, si la categoría de “carretillero” no está contemplada en el convenio del metal, no puedes reclamar la misma. Cosa distinta es que realices trabajos de superior categoría, por los cuales si se podría reclamar su salario correspondiente por el tiempo dedicado a esa labor superior o que exista un agravio comparativo (discriminación) con respecto a tus compañeros.

      José Antonio Otero Martín

      Otero&Guzmán Abogados
      http://www.oteroyguzmanabogados.com

  5. hola buenas una ultima pregunta,

    En mi almacén existe que hay mozos ( preparadores de pedidos ), que cogen el traspalet eléctrico ( la moto ) sin tener ningún tipo de certificado para estas,
    ¿es obligatorio que tengan un curso sobre estas maquinas aun que solo sea de los traspalet eléctricos para poder cogerlos? o ¿con la teoría de PRL que se les da al entrar al almacén ya pueden coger dichas maquinas?.

    Es que la empresa no quiere formarlos o se hacen los suecos y dicen que con esa teoría mas básica que ninguna, que ni si quiera son 2 horas ya vale, y no les dicen nada a la hora de coger estas maquinas, y esto parece el parking de la autoescuela pero sin ninguna formación.( nunca mejor dicho).

    Un saludo, gracias.

    1. Hola de nuevo José, desde el año 2008 las transpaleta se consideran carretillas y tienen que tener una formación específica, por lo que no será suficiente la formación general en PRL, se necesita tanto formación teórica como práctica. En caso de inspección se multará por formación insuficiente. Un saludo

  6. Hola tengo contrato de peon..llevo 10 aňos haciendo de carretillero,tengo curso de riesgos laborales con la carretilla,pero no tengo carnet de carretillero,uno de los turnos gana más dinero por que cargan cajas y dice la empresa que es un trabajo más físico,mi sueldo es el salario base,tendroa derecho a cobrar más por ser carretillero gracias saludos

    1. En principio depende un poco del convenio al que estéis sujetos, pero ya te avanzo que son pocos los que reconocen la categoría de carretillero.

  7. Hola, me gustaría saber si estoy obligada a utilizar la carretilla retráctil (tengo el carnet de carretillera) si mi contrato es de manipuladora. Puedo negarme a utilizarla o podría reclamar otra categoría? En mi empresa las chicas nos hacen contrato de manipuladoras y a los chicos de carretilleros cobrando 100 euros mas aunque luego no utilizen las maquinas

    1. Obligación no tienes, si en tu empresa está reconocida la categoría de carretillero, que seen ellos los que las utilicen o que te la reconozcan. Eso si, eso no quita que te puedan despedir, será un despido improcedente, pero pueden.

      Un saludo, suerte

    2. Hola, primera recomendación: un trabajador no debe negarse a cumplir una orden (en principio legitima) del empresario en el normal cumplimiento de sus labores pues podría ser sancionado por ello. Dicho esto, de la lectura de tu consulta y por lo que nos cuentas, parece clara la discriminación que se está produciendo en tu empresa entre trabajadores y trabajadoras. Esto sería un motivo claro para denunciarlo y reclamar igualdad funcional y salarial.

      José Antonio Otero Martín

      Otero&Guzmán Abogados
      http://www.oteroyguzmanabogados.com

  8. Buenas . mi empresa nos ha formado a varios compañeros para poder usar traspaleta eléctrica y apiladora. Actualmente tenemos una categoría de mozo ordinario. Después de hacer el curso…. la empresa esta obligada a subirnos la categoría a mozo especialista????
    Nos podemos negar ha utilizarla si no es así ??muchas gracis

    1. Hola Jonathan la categoría de carretillero como tal no esta reconocida en casi ningún convenio, la mayoría de las empresas que lo reconocen es por propia voluntad. Así que en principio no tienes más remedido que seguir trabajando, más aún cuando la empresa te ha dado la formación necesaria, podrías haberte negado si no te hubiera dado formación.

  9. Buenas noches,
    Trabajo en plataforma de alimentación y tengo en nómina en categoría , departamento maquinista,ahora entra a subrogarnos otra empresa en el que aunque en su convenio viene reflejado, grupo profesional 1 mozo almacén ,y grupo profesional 2 conductor carretillero, nos ponen a preparar pedidos como mozo,mi pregunta es ¿si en su convenio y mi nomina anterior a la subrogación soy maquinista de retraptil desde hace unos 18 años´´ pueden obligarnos a ponernos a preparar pedidos trabajo que desempeña el mozo de almacén?
    Gracias.

    1. Desde luego, lo que no pueden cambiar son tu antigüedad, nivel salarial o categoría. Ahora bien, la empresa puede cambiarte de puesto en función de las nuevas necesidades, aunque el trabajador podría no acogerse y pedir rescisión del contrato.

      Todo esto te lo digo un poco por encima, yo no soy abogado.
      Saludo

    2. Buenos días,

      La subrogación entre contratas siempre plantea problemas que los regulan y aclaran los Convenios Colectivos, el Estatuto de los Trabajadores y los Jueces con sus sentencias (Jurisprudencia), pero, las obligaciones que tiene que cumplir, en principio, la nueva empresa entrante en el servicio, es respetar las condiciones y derechos adquiridos por los trabajadores subrogados en la anterior empresa, es decir, que no puede variar sustancialmente, ni las condiciones laborales (jornada, horario, salario, categoría, tipo de contrato etc.), ni el trabajo a desempeñar. Por tanto, en tu caso, debe respetar tus derechos adquiridos y, salvo que cuente con tu conformidad, no puede variar las condiciones, ni tareas

      José Antonio Otero Martín

      Otero&Guzmán Abogados
      http://www.oteroyguzmanabogados.com

  10. Buenos días tengo varias preguntas sobre el trabajo de carretillero
    Estoi trabajando para una ett pero en una empresa del sector logística y almacen de carretillero de forntal retractil y recojepedidos en Barcelona que creo que pertenece al ramo distribución logística y almacen
    Estoi cobrando X 40 horas ala semana unos 900 e al mes con pagas incluidas.
    No debería cobrar más?
    La hora normal nos sale a 6,13 y la extra al 7,14 y la nocturna a 7,73.
    No tendrían que pagarnos más?
    Donde puedo encontrar el convenio?no lo e sabido encontrar.
    Gracias y saludos

    1. Hola José si no me equivoco no existe un convenio especifico de almacenes, los centros de logística se rigen por el de transportes y ya te avanzo que este no tiene una categoría de carretillero. algunas empresas entre las que no están las ETTs, si que pagan por propia voluntad la categoría, pero sino el sueldo es el de mozo, que estará entorno a lo que me cuentas.

  11. Buenos dias,
    Mi convenio es el del metal de toledo y quisiera saber si existe la categoria de carretillero dentro de este, no la encuentro.
    Me dicen que no pudeo cargar camiones por tener categoria de oficial de 3, esto es verdad?? donde puedo informarme de que responsabilidad tengo segun mi categoria??

    Muchas gracias.

  12. Buenas tardes, en mi empresa cojo la carretilla frontal y retráctil a diario. Me iban ha hacer contrato de carretillero pero ahora dicen q el operario puede coger la carretilla en momentos puntuales y se niegan a cambiarme el contrato. Me puedo negar a cogerla? Gracias

    1. Hola Sergio, en principio tienen razón, pero tu no tienes por que saber manejarla, además tampoco se te habrá hecho el obligatorio examen médico, lo mejor es que lo negocies.

  13. Hola buenas estoy en el convenio mueble conduzco la carretilla durante toda la jornada laboral i mi contrato es of de segunda, siendo un profesional en mi trabajo por experiencia i rendimiento, podría pedir un aumento de categoria?
    Gracias

    1. Hola Jonathan, la verdad es que en tema de convenios no soy un gran experto, pero creo que el tuyo, no plantea la categoría de carretillero, de hecho creo que su uso se incluye entre los trabajos del oficial de segunda. Pero como te digo no soy ningún experto, te recomiendo que lo consultes con tu sindicato.

  14. Hola,llevo durante varios años llevando carretilla retractil en el interior de una camara frigorifica,y aún tengo categoria de auxiliar,teniendo 15 años de experiencia en este tipo de carretillas,no cobro ningun plus de ningun tipo,¿que tipo de categoria profesional me deberia corresponder,y que pluses puedo reclamar?,pertenezco al convenio de conservas vegetales.
    Gracias,saludos

    1. No se en que categoría estas, no se si esta entre tus atribuciones, lo que si que se es que ese convenio no tiene la categoría de carretillero como tal. Deberías peguntar en un sindicato, que seguro que lo tienen más fresco.

  15. Buenas, estoy trabajando en un centro especial de empleo, en la cual se acaba de actualizar el convenio y la tabla de salarios, resulta que en esta tabla no aparece la categoria de carretillero, por lo tanto el jefe se acoge a lo que le conviene y nos dice que somos operarios de 1a y nos deja el mismo base que a los operarios sin apenas responsabilidad… eso es posible?? Podríamos intentar imponer el puesto o la categoria de carretillero aunque no aparezca en la tabla del convenio?? Lo mejor es que nos paga el plus de carretillero y en la nomina sigue apareciendo el puesto de carretillero… pero deberiamos estar en un siguiente escalon de categoria entre operario de primera y auxiliar???

    1. Hola José Antonio, tendríais que ver el convenio, por que tal vez aunque no aparezca la categoría de carretillero como tal, igual es una función asignada a otra categoría superior, por lo que será esa la que os corresponde.

  16. Hola a todos. Mi pregunta es la siguiente. Estoy trabajando en asturias con el convenio de transporte. En el que viene reflejado la categoría de carretillero. Llevamos 4 años en el que nuestro trabajo diario tiene que ser siempre con carretilla de más de 3500kg. Colocar mercancía y preparación de pedido. Estamos todos como mozos de almacén. Se puede reclamar la categoría? Nadie tiene carnet solo los cursos de riesgos con carretilla. Un saludo y gracias.

    1. Hola En aquellos convenios que las funciones vienen recogidas en la propia categoría en perfectamente exigible la categoría o te podría negar a realizar labores de otras categorías.

  17. Hola Grupo en mi caso es lo sigiente trabajo en una enpresa y me cojieron para trabajar y me pidieron carnet de carretilla y tube que hacer unas pruebas para entar con la carretilla y me enviaron a una enpresa de trasportes cargas y descargas de camiones en la enpresa que me enviaron para trabajar es subcontratada trabajo para otra enpresa y en la nomina me pone la categoria de auxiliar cuando estoy todo la jornada con carretilla llebo dos años asin es normal la categoria que tengo gracias.

    1. Le problema es que la mayoría de los convenios de trabajo no tiene reconocida la categoría de carretillero.

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